“JUEZ FEDERAL ORDENÓ LIBERTAD DE JOVEN QUE AMAGÓ A MARINOS EN LA DECIMOSEGUNDA ZONA NAVAL VALLARTENSE.

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La audiencia se llevó en los juzgados de oralidad con cabecera en Puente Grande, Jalisco. 

Es un joven de entre 18 a 23 años quien el día 06 de diciembre, llegó al cuartel de la marina para amagarlos con un arma de utilería, aún se desconoce el motivo pero los elementos al verse amedrentados procedieron a abatirlo, fue así que el joven fue trasladado al hospital regional de la ciudad de Puerto Vallarta, en donde el día 05 de enero de 2026 fue dado de alta médica y de inmediato fue trasladado ante la presencia de un Juez Federal, en el cual decretó de legal su detención y dio oportunidad al agente del ministerio público federal, imputar los hechos con apariencia de delito de Amenazas Agravadas en agravio de los elementos de la Marina, así como los delitos de portación de cartuchos de uso exclusivo de las fuerzas castrenses, siendo estos cartuchos de 9 mm y calibre 50 por que el primero de ellos cuenta con una penalidad no mayor a cuantro años y por el otro no mayor a 7 años. 

Y fue así que su Defensa representada por el Abogado Oscar Jaret Santiago, fue que decidió acogerse el término constitucional para poder hacer contradictorio en contra de las acusaciones de la fiscalia, quedando el joven internado en la comisaria de prisión preventiva de Puente Grande, esto bajo la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa, esto por ser considerados delitos graves.  

Por lo que se reanudo la audiencia el día 07 de enero de 2026, en la cual la defensa controvirtió las acusaciones de la fiscalia señalando que no era atribuible los delitos que se le pretendía acusar a el joven, a lo cual el Juez Federal le concedió la razón al defensor particular y fue que decidió no vincular a proceso al joven por el delito de amenazas así como por la portación del cartucho de calibre 50, ya que la fiscalia no reunió los elementos del tipo penal, pero si determino vincular a proceso por la tenencia de los cartuchos de 9mm, por lo que el Juez Federal ordenó la libertad del Joven al haber variado las condiciones de la medida cautelar”(sic).

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La audiencia se llevó en los juzgados de oralidad con cabecera en Puente Grande, Jalisco. 

Es un joven de entre 18 a 23 años quien el día 06 de diciembre, llegó al cuartel de la marina para amagarlos con un arma de utilería, aún se desconoce el motivo pero los elementos al verse amedrentados procedieron a abatirlo, fue así que el joven fue trasladado al hospital regional de la ciudad de Puerto Vallarta, en donde el día 05 de enero de 2026 fue dado de alta médica y de inmediato fue trasladado ante la presencia de un Juez Federal, en el cual decretó de legal su detención y dio oportunidad al agente del ministerio público federal, imputar los hechos con apariencia de delito de Amenazas Agravadas en agravio de los elementos de la Marina, así como los delitos de portación de cartuchos de uso exclusivo de las fuerzas castrenses, siendo estos cartuchos de 9 mm y calibre 50 por que el primero de ellos cuenta con una penalidad no mayor a cuantro años y por el otro no mayor a 7 años. 

Y fue así que su Defensa representada por el Abogado Oscar Jaret Santiago, fue que decidió acogerse el término constitucional para poder hacer contradictorio en contra de las acusaciones de la fiscalia, quedando el joven internado en la comisaria de prisión preventiva de Puente Grande, esto bajo la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa, esto por ser considerados delitos graves.  

Por lo que se reanudo la audiencia el día 07 de enero de 2026, en la cual la defensa controvirtió las acusaciones de la fiscalia señalando que no era atribuible los delitos que se le pretendía acusar a el joven, a lo cual el Juez Federal le concedió la razón al defensor particular y fue que decidió no vincular a proceso al joven por el delito de amenazas así como por la portación del cartucho de calibre 50, ya que la fiscalia no reunió los elementos del tipo penal, pero si determino vincular a proceso por la tenencia de los cartuchos de 9mm, por lo que el Juez Federal ordenó la libertad del Joven al haber variado las condiciones de la medida cautelar”(sic).

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