La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) despenalizó este miércoles la posesión de mÔs de cinco gramos de marihuana para uso o consumo personal.
La Primera Sala de la Corte se pronunció por otorgar un amparo contra el artĆculo 478 de la Ley General de Salud, que determina ejercer acción penal contra los consumidores de cannabis que posean una cantidad superior a los cinco gramos.
Tres de cinco ministros de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación se pronunciaron a favor de otorgar dicho amparo.
āEl Ministerio PĆŗblico no ejercerĆ” acción penal por el delito previsto en el artĆculo anterior, en contra de quien sea farmacodependiente o consumidor y posea alguno de los narcóticos seƱalados en la tabla (incluido la marihuana), en igual o inferior cantidad a la prevista en la misma, para su estricto consumo personalā.
EstablecĆa el apartado de la norma.
Los votos a favor del proyecto, presentado por Juan Luis GonzĆ”lez AlcĆ”ntara CarrancĆ” para despenalizar la posesión de mĆ”s de cinco gramos de marihuana, fueron los del mismo ministro, asĆ como los de Alfredo GutiĆ©rrez Ortiz Mena y la presidenta de la Primera Sala, Ana Margarita RĆos Farjat.
Los ministros Jorge Mario Pardo Rebolledo y Norma LucĆa PiƱa HernĆ”ndez votaron en contra.



